Miércoles, 5 de Julio de 2017
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Gobierno ignora ley nacional que prohibe denominar obras con nombres de personas vivas

Pese a que una ley nacional lo prohíbe, varias infraestructuras construidas en Sucre con recursos del Estado llevan el nombre del presidente Evo Morales.

Gobierno ignora ley nacional que prohibe denominar obras con nombres de personas vivas

Pese a que una ley nacional lo prohíbe, varias infraestructuras construidas en Sucre con recursos del Estado llevan el nombre del presidente Evo Morales. Legisladores opositores plantean que se elabore un reglamento municipal para la denominación de construcciones y espacios públicos.

“Queda absolutamente prohibido denominar provincias, poblaciones, colonias, escuelas, puertos, caminos, puentes, estaciones ferrocarrileras, plazas, avenidas, calles y estacionamientos o lugares públicos de cualquier clase que sean, dependientes del Estado o de las municipalidades con nombres de personas vivas, por muy eminentes que fuesen sus servicios prestados al país o alguna localidad”, señala el artículo 5 de la Ley de Monumentos N° 07-10-1941 que reglamenta la forma de erigirlos y denominarlos.

La ley sancionada en 1941 bajo el gobierno del presidente Enrique Peñaranda también señala que los monumentos que se erigieren en cualquier punto del país o fuera de ella con fondos nacionales, para perpetuar el recuerdo de algún personaje o acontecimiento histórico debe aprobarse una ley especial y aclara que serán acreedores a este homenaje, únicamente los personajes fallecidos.

Asimismo, la ley prohíbe que las estampillas de correos ostenten la imagen o nombre de personajes vivos.

En Sucre, el mercado ubicado en el barrio Villa Copacabana, zona Rumi Rumi, la avenida que discurre entre las zonas de Villa Armonía y Alegría, antes denominada Atahuallpa, y el coliseo en el barrio El Progreso, zona Alto Sucre, son algunas de las obras que llevan el nombre del presidente Evo Morales.

“Por imperio de la ley del 7 de octubre de 1941, todas las denominaciones de infraestructuras públicas que llevasen el nombre de ‘Evo Morales’ u otras personas vivas, son nulas. Sugerimos la promulgación de una ley municipal, como en Santa Cruz, que establezca sanciones pecuniarias en caso de desobedecerse tal prohibición de denominación”, señaló el diputado Horacio Poppe.

Fuente: http://correodelsur.com/local/20170703_observan-nombres-de-o...

Imágenes tomadas de la Fuente o de Internet.

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