Jueves, 9 de Marzo de 2017
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Impuesto a Salidas al Exterior en Bolivia es de los más altos en la región

El Impuesto a las Salidas al Exterior (ISAE) en Bolivia es uno de los más altos en la región, según la Asociación de Líneas Aéreas (ALA). La tasa vigente para este año es de 327 bolivianos.

Impuesto a Salidas al Exterior en Bolivia es de los más altos en la región

El Impuesto a las Salidas al Exterior (ISAE) en Bolivia es uno de los más altos en la región, según la Asociación de Líneas Aéreas (ALA). La tasa vigente para este año es de 327 bolivianos.

Para la gerente general de ALA Bolivia, Yanela Zárate, este impuesto en el país es equivalente a 47 dólares, cuando en otros países no supera los 35 dólares.

Por ejemplo, en Perú es de 30,25 dólares, en Colombia de 33 dólares si la estadía es corta y si se prolonga por más de dos meses la tasa llega a los 66 dólares. En Venezuela llega a los 44 dólares.

Además, este impuesto se va incrementando cada año porque se actualiza en función a la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV).

Según Zárate, este cobro elevado desincentiva al viajero y perjudica a las líneas aéreas porque el usuario llega a tomar la conexión de otros países o fronteras cercanas donde no se cobra este impuesto o es inferior.

"Por ejemplo, una familia de cuatro personas que viaja al exterior termina pagando casi 200 dólares y si un viajero debe salir varias veces, deberá pagar el impuesto en cada salida”, indicó.
Las recaudaciones por otra parte van directamente a las arcas del Tesoro General del Estado y no genera ningún retorno para el usuario, añadió.

En 2013, el ISAE tenía una alícuota de 266 bolivianos; en 2014, de 281 bolivianos; en 2015, de 296 bolivianos, y en 2016, de 314 bolivianos, según datos del SIN.

El artículo 106 de la Ley 843 (texto ordenado vigente) creó el ISAE, aplicable a toda salida al exterior del país por vía aérea, de personas naturales residentes en Bolivia, con excepción de los diplomáticos, personas con este estatus y miembros de las delegaciones deportivas que cumplan actividades en representación oficial del país.

El artículo 2 de la Ley 2047 de 28 de enero de 2000 sustituye el segundo párrafo del artículo 106 de la Ley Nº 843, estableciendo que dicho impuesto será de 120 bolivianos por cada salida aérea al exterior.

El artículo 2 de la Ley N 2434 de 21 de diciembre de 2002 dispone que las alícuotas, valores, montos, patentes, tasas y contribuciones especiales establecidas en las leyes se actualizarán respecto a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), publicada por el Banco Central de Bolivia.

Zárate hizo notar que también esta vigente la Ley 867 de creación del "Fondo de Fomento, Promoción y Facilitación del Turismo”, que estipula la vigencia de un impuesto de 100 bolivianos para los turistas que ingresan a Bolivia, vía aérea, y de 30 bolivianos para los que ingresan por carretera.

Los ingresos irán a la implementación de planes, programas y proyectos de promoción de la riqueza turística boliviana.

Fuente: http://www.paginasiete.bo/economia/2017/3/8/tributo-salidas-...

Imágenes tomadas de la Fuente o de Internet.

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